Procedimiento para comercializar un complemento alimenticio en EspañaNotificación de puesta en el mercado del producto
- ¿Dónde notificar?
En el artículo 10 del Real Decreto 1487/2009, se explican los distintos cauces a seguir para la notificación de la puesta en el mercado nacional de los complementos alimenticios a las autoridades competentes. El lugar para realizarlo, dependerá de donde tenga el domicilio social el responsable de su comercialización en España y del origen de fabricación de los complementos. Así, se pueden dar las siguientes situaciones:
- ¿Cómo notificar?
http://www.aesan.msps.es/AESAN/web/registro_general_sanitario/seccion/rgsa_procedimientos.shtml
- Documentación a aportar
Puede encontrar estos impresos en el siguiente
enlace web:
http://www.aesan.msc.es/AESAN/web/registro_general_sanitario/seccion/rgsa_procedimientos.shtml
|
|
|