Etiquetado de alimentos
El etiquetado de alimentos es el principal medio de comunicación entre los productores de alimentos y los consumidores finales, constituyendo una herramienta clave para permitirles realizar elecciones informadas sobre los alimentos que compran y consumen.
Se considera etiquetado todas las menciones, indicaciones, marcas de fábrica o comerciales, dibujos o signos relacionados con un producto alimenticio que figuren en cualquier envase, documento, rótulo, etiqueta, faja o collarín que acompañen o se refieran a un producto alimenticio.
Hay unas normas de etiquetado comunes a todos los productos alimenticios, y otras especiales para algunos de ellos.
Principios generales del etiquetado
El etiquetado no debe en ningún caso inducir a error al consumidor sobre las características del producto alimenticio, no debe atribuir al producto efectos o propiedades que no posea, ni sugerir que posee características que todos los productos similares poseen. Tampoco puede atribuir al producto propiedades preventivas terapéuticas o curativas de una enfermedad humana.
Información obligatoria del etiquetado
Salvo en el caso de las excepciones previstas en la legislación, las indicaciones que con carácter obligatorio deben aparecer en el etiquetado de los alimentos son las siguientes:
El etiquetado nutricional
El etiquetado sobre propiedades nutritivas es “toda información que aparezca en la etiqueta en relación con el valor energético y su contenido en una serie de nutrientes: Proteínas, Hidratos de carbono, Grasas Fibra alimentaria, Sodio y, Vitaminas y sales minerales.
El etiquetado nutricional tiene carácter voluntario. Sólo es obligatorio cuando en las etiquetas, la presentación o la publicidad del alimento se hace alguna mención relativa a que el producto posee propiedades nutritivas o de carácter saludable.
La información deberá expresarse por 100 g o por 100 ml. Podrá también facilitarse por porción, siempre y cuando se indique el número de porciones contenidas en el envase.
La información sobre vitaminas y sales minerales también deberá expresarse como porcentaje de las cantidades diarias recomendadas (CDR).
La información debe aparecer agrupada en un mismo lugar, estructurada en forma tabular y, si el espacio lo permite, con las cifras en columna. Si no hubiera suficiente espacio se puede utilizar la forma lineal.
Etiquetado de sustancias que causan alergias e intolerancias
La mayoría de alergias alimentarias están asociadas al consumo de un grupo reducido de alimentos. Los alérgenos alimenticios más comunes son la leche de vaca, los huevos, la soja, el trigo, los crustáceos, las frutas, los cacahuetes y los frutos secos, como las nueces. Para ellos se han establecido normas de etiquetado que obligan a indicar su presencia cuando se incorporan a los alimentos como ingredientes.
Etiquetado de organismos modificados genéticamente
Es obligatorio indicarlo en el etiquetado de aquellos productos cuyo contenido en OMG supere el 0,9 %. Todas las sustancias cuyo origen sea un OMG deben mencionarlo en la lista de ingredientes con las palabras «modificado genéticamente».
Futuro del etiquetado
El Parlamento Europeo aprobó el pasado 6 de julio el Reglamento Europeo sobre etiquetado de alimentos que proporcionará una mejor información a los consumidores que quieran saber lo que comen.
Preguntas frecuentes
- ¿Es obligatorio indicar el país de origen en el etiquetado de productos alimenticios?
- Otras preguntas sobre etiquetado
Más información
- Cadena alimentaria. Etiquetado de alimentos
- Cadena alimentaria. Etiquetado de alimentos y piensos modificados genéticamente
Publicaciones
- Saber lo que ponen las etiquetas. Folleto informativo Comisión Europea
- Etiquetado de nutrientes que causan alergias e intolerancias. Folleto
- Boletín Aesanoticias Nº 16. Aprobado el Reglamento de etiquetado de alimentos sin gluten.
Links
- Comisión Europea. Etiquetado de alimentos