Límites máximos de residuos de plaguicidas: aplicación plena del nuevo marco legislativo previsto en el Reglamento 396/2005
Desde el pasado lunes 1 de septiembre ya es aplicable plenamente el nuevo marco legislativo en materia de residuos de plaguicidas establecido en el Reglamento 396/2005, de 23 de Febrero de 2005, del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal y que modifica la Directiva 91/141/CEE del Consejo, al entrar en vigor las disposiciones correspondientes a los anexos II, III y IV, que contienen los valores de límites máximos de residuos aplicables a cada una de las combinaciones producto vegetal/plaguicida posibles. Este Reglamento ha sido actualizado, en última ocasión, el pasado 30 de agosto mediante el Reglamento 839/2008 de la Comisión, de 31 de julio de 2008.
De esta forma, quedan derogadas las disposiciones nacionales anteriormente vigentes contenidas en los Reales Decretos 280/1994 y 569/1990.
Este nuevo Reglamento comunitario incorpora muchas ventajas, entre las que destacan principalmente la armonización en todo el territorio de la Unión Europea de los límites máximos de residuos de productos fitosanitarios, desapareciendo las barreras comerciales que existían anteriormente y simplifica las actuaciones en materia de control oficial.
Los límites máximos que no estaban armonizados, al no estar incluidos en las Directivas comunitarias (86/362/CEE, 86/363/CEE y 90/642/CEE), y que eran límites establecidos a nivel nacional por los distintos Estados miembros de la Unión Europea, son los que figuran con carácter temporal en el anexo III del Reglamento. Estos límites cuentan con una opinión favorable de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), que viene a garantizar la seguridad del consumidor, principio básico de la legislación alimentaria europea.
La aplicación de este Reglamento introduce cambios importantes en el proceso de fijación de los límites máximos de residuos, ya que se establecen exclusivamente a nivel comunitario, previa evaluación por parte de EFSA que garantice su seguridad.
La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición va a continuar trabajando en este proceso, participando, a nivel nacional, en la elaboración del informe de evaluación conjunto con el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en lo que respecta al informe sobre la evaluación del riesgo al consumidor, previsto en el Reglamento 396/2005 y que servirá de base para la evaluación de EFSA, y, a nivel comunitario, en las reuniones del Grupo de Trabajo de Residuos de Plaguicidas asesorando a la Comisión Europea sobre las propuestas de límites máximos de residuos y del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Sanidad Animal donde se van a adoptar estas propuestas.
Para más información sobre los límites máximos de residuos de productos fitosanitarios vigentes en la Unión Europea, pueden consultar la base de datos que la DG SANCO ha preparado y publicado en su página web.